Artículo 1
Artículo primero. Auxiliase por una sola vez a los leprosos pobres de solemnidad residentes en Agua de Dios, con la suma de cien mil pesos ($ 100.000.00), moneda corriente, que se entregará a la Comunidad Salesiana para su administración y distribución, quedando el Gobierno facultado para efectuar las operaciones presupuestales que demande su cumplimiento.
Artículo 277Para La Construcción Del Edificio Para El Funcionamiento Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi", En Cumplimiento Del Decreto Legislativo Número 2608 De 3 De Agosto De 1950, En El Lote De La Ciudad Universitaria, De Que Trata El Contrato De Octubre 19 De 1950, Celebrado Entre El Gobierno Nacional Y La Universidad Nacional $ 100
Artículo segundo. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración y otros. CAPITULO 32 Catastro Nacional. Del artículo 277. Para la construcción del edificio para el funcionamiento del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en cumplimiento del Decreto legislativo número 2608 de 3 de agosto de 1950, en el lote de la Ciudad Universitaria, de que trata el contrato de octubre 19 de 1950, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional $ 100.000.00 Suman los contracréditos $ 100.000.00 MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 63 Departamento de Tuberculosis y Lepra -Lazaretos-. Al artículo 729-A. Para auxiliar a los leprosos pobres de solemnidad residentes en Agua de Dios, suma que se entregará a la Comunidad Salesiana para su administración y distribución, de conformidad con el Decreto extraordinario número de 1953 $ 100.000.00 Suman los créditos $ 100.000.00
Artículo 3
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto, el cual rige desde su fecha. Comuníquese,