Micelio

decreto 2426 de 1975

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, Y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 dé 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 dé 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social por medio de las Resoluciones números 04047, 04048 y 04287 de 1975, declaró sobrantes las cantidades de $ 1.000.000, $ 1.000.000 y $ 856.477, respectivamente, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sean trasladadas para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto - ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Disponibilidad números 79, 81 y 85 de 1975 por $ 2.856.477 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975

°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. Contrácréditos Presupuesto de Funcionamiento. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CAPITULO 200 Despacho del Ministro . Programa 200 Dirección y Administración Superior. Servicios Personales. 102 111 120. Artículo 2007. Prima técnica $141.700 Gastos Generales. 105 111 201. Artículo. 2010. Mantenimiento y aseguros 30.000 106 111 207. Artículo 2013. Servicios de comunicaciones 67.100 106 111 211. Artículo 2015. Materiales y suministros 50.000 Programa 201 Relaciones de Trabajo. Servicios Personales. 101 331 111. Artículo 2026. Honorarios 200.000 102 331 120. Artículo 2028. Prima técnica 124.200 Gastos Generales. 106 331 207. Artículo 2032. Servicios de comunicaciones 50.000 106 331 211. Artículo 2034. Materiales y suministros 200.000 Programa 202 Empleo y Recursos Humanos. Servicios Personales. 102 331 120. Artículo 2039. Prima técnica 31.000 Gastos Generales. 106 331 211. Artículo 2045. Materiales y suministros 30.000 Programa 203 Productividad Nacional. Servicios Personales, 102 331 120. Artículo 2049. Prima técnica 31.000 Gastos Generales 106 331 207. Artículo 2053. Servicios de comunicaciones 15.000 106 331 211. Artículo 2055. Materiales y suministros 30.000 CAPITULO 201 Superintendencia Nacional de Cooperativas Programa 205 . Fomento y Vigilancia Cooperativa. Servicios Personales. 101 335 103. Artículo 2070. Sueldos de personal de nómina 676.877 101 335. 109. Artículo 2071. Remuneración servicios técnicos 100.000 102 335 120. Artículo 2073. Prima técnica 79.600 Presupuesto de Inversión . CAPITULO 590 Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Programa 590 Dotación Ministerio y Fomento Cooperativo. 568 331. Artículo 5901. Adquisición de equipo $1.000.000 Proyecto

1.

Dirección y Administración Superior 90.000 Proyecto

2.

Asesorías 60.000 Proyecto

3.

Dirección y Administración operativa 60.000 Proyecto

4.

División de Relaciones Colectivas de Trabajo 10.000 Proyecto 7: División de Inspección del Trabajo 10.000 Proyecto 8. Organización a nivel Departamental, Municipal y Territorios Nacionales 400.000 Proyecto 9. División de Investigación de Recursos Humanos 50.000 Proyecto 10. División de Gestión del Empleo 180.000 Proyecto 11. División de Análisis y Control de Tecnología 30.000 Proyecto 12. División de productividad 20.000 Proyecto 16. División de Control de Cajas de Compensación Familiar 30.000 Proyecto 17. División de Investigación y Control sobre Medicina Seguridad e Higiene en el trabajo 60.000 Suman los contracréditos 2856477 Créditos Presupuesto de Funcionamiento . MINISTERIO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CAPITULO 200 Despacho del Ministro. Programa 200 Dirección y Administración Superior. Servicios Personales. 101 111 109. Artículo 2003. Remuneración servicios técnicos 1.000.000 CAPITULO 201 Superintendencia Nacional de Cooperativas. Programa 205. Fomento y Vigilancia Cooperativos. Gastos Generales. 106 335 205. Artículo 2078. Viáticos y gastos de viaje 856.477 Presupuesto de Inversión . MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL CAPITULO 590 Gabinete del Ministro. Programa 590 Dotación Ministerio y Fomento Cooperativo. 568 331. Artículo 5901. Adquisición de equipo 1.000.000 Proyecto 18. Construcción edificio Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Medellín 1.000.000 Suman los créditos $2.856.477

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha, De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha, de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público