En uso de sus facultades legales y en ejecución de las leyes 2ª , 3ª , 4ª, 5ª , 8ª , 10, 15 ,16 , 25, 37, 44, 69 y 74, expedida por el Congreso de 1894
Artículo 1Fíjanse Los Cómputos Legislativos Adicionales Al Presupuesto De Rentas Del Bienio Económico De 1893 Y 1894 En La Suma De Tres Millones Cincuenta Y Un Mil Diez Pesos
° Fíjanse los cómputos legislativos adicionales al Presupuesto de Rentas del bienio económico de 1893 y 1894 en la suma de tres millones cincuenta y un mil diez pesos... $ 3 061,010 así: Ingresos varios 3.051.010
Artículo 2Fíjanse Los Cómputos Legislativos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Del Bienio Económico De 1893 Y 1894 En Des Millones Veintiún Mil Trescientos Quinee Pesos ($2
° Fíjanse los cómputos legislativos adicionales al Presupuesto de Gastos del bienio económico de 1893 y 1894 en des millones veintiún mil trescientos quinee pesos ($2.021,315) con imputación á los siguientes Departamentos y según el respectivo cuadro de gastos: Departamento de Política interior .$ 53,836 ... Departamento de Beneficencia y Recompensas 41,000 ... Departamento de Relaoiones Exteriores 87.804 ... Departamento de Justicia . 37,968 ... Departamento de Guerra. 1.113,876 ... Departamento de Pensiones y Bienes Desamortizados. 15,000 ... Departamento de Fomento 573,665 ... Departamento de Obras públicas 98,126 ... Departamento de Agricultura nacional 540 ... Suman los gastos..$ 2.021,315
Artículo 3A Continuación Del Presente Decreto Se Publicará El Pormenor De Los Créditos Que Adicionan Los Presupuestos De Rentas Y Gastos Del Bienio De 1893 Y 1894
° A continuación del presente Decreto se publicará el pormenor de los créditos que adicionan los Presupuestos de Rentas y Gastos del bienio de 1893 y 1894. Eu consecuencia, las Oficinas Ordenadoras y Pagadoras procederán á adicionar sus respectivas cuentes de acuerdo con la segunda liquidación á que se refiere el presente Decreto