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decreto 1171 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5° del artículo 120 de la Constitución Nacional, el artículo 39 del Decreto 1950 de 1973, los artículos 1° y 4° de la Ley 61 de 1987, y tos artículos 13, 14, 15, del Decreto 1290 de 1988, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 0310 del 30 de enero de 1990, convocó a concurso cerrado número 053 para proveer el cargo de Profesional Especializado 3010-10 de la Sección de Análisis y Sistemas de la División de Sistemas

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Resolución número 0310 del 30 de enero de 1990, convocó a concurso cerrado número 053 para proveer el cargo de Profesional Especializado 3010-10 de la Sección de Análisis y Sistemas de la División de Sistemas y Programación del Centro de Información y Sistemas;

Que en la lista de aprobados de fecha 10 de abril de 1990, figura Ricardo Pedraza Barrios.

Artículo 1Nombrar Con Carácter Ordinario A Ricardo Pedraza Barrios, Con Cédula De Ciudadanía 79309267 De Bogotá, Actual Analista De Sistemas 4005-15 De La Sección De Análisis Y Sistemas De La División De Sistemas Y Programación Del Centro De Información Y Sistemas, En El Cargo De Profesional Especializado 3010-10 De La Sección De Análisis Y Sistemas De La División De Sistemas Y Programación Del Centro De Información Y Sistemas Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, En Reemplazo De Luis Enrique Escobar Rico A Quien Se Le Aceptó La Renuncia Mediante Decreto Número 1315 Del 10 De Mayo De 1985

° Nombrar con carácter ordinario a Ricardo Pedraza Barrios, con cédula de ciudadanía 79309267 de Bogotá, actual Analista de Sistemas 4005-15 de la Sección de Análisis y Sistemas de la División de Sistemas y Programación del Centro de Información y Sistemas, en el cargo de Profesional Especializado 3010-10 de la Sección de Análisis y Sistemas de la División de Sistemas y Programación del Centro de Información y Sistemas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en reemplazo de Luis Enrique Escobar Rico a quien se le aceptó la renuncia mediante Decreto número 1315 del 10 de mayo de 1985.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5° del artículo 120 de la Constitución Nacional, el artículo 39 del Decreto 1950 de 1973, los artículos 1° y 4° de la Ley 61 de 1987, y tos artículos 13, 14, 15, del Decreto 1290 de 1988, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público