en uso de sus facultades legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953
Artículo 1
Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente:
CAPITULO 004
Dirección de Información y Propaganda.
Televisora Nacional.
Dirección de Información y Propaganda.'
Radiodifusora Nacional.
Artículo 0079Para Completar La Adquisición De La Cadena, De Equipos De La Televisora Nacional, En El Año
Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CAPITULO 004 Dirección de Información y Propaganda. Televisora Nacional. 214 Del artículo 0079. Para completar la adquisición de la cadena, de equipos de la Televisora Nacional, en el año. $ 200.000.00 Suma el contracrédito. $ 200.000.00 CAPITULO 004 Dirección de Información y Propaganda.' Radiodifusora Nacional. 216. Al artículo 0065. Para renovación, adiciones y mejoras del equipo de la Radiodifusora Nacional, en el año. $ 200.000.00 Suma el crédito. $ 200.000.00
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.