Micelio

decreto 1491 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1De La Partida Asignada En El Capítulo 206 Artículo 2357 Del Presupuesto Nacional Vigente, "para Pagar Contribución Y Aporte Para Las Construcciones De Plazas De Ferias En El País (Ley 74 De 1926), En El Año", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 206 Artículo 2357, Ordinal 7°

°. De la partida asignada en el Capítulo 206 artículo 2357 del Presupuesto Nacional vigente, "para pagar contribución y aporte para las construcciones de plazas de ferias en el país (Ley 74 de 1926), en el año", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 206 Artículo 2357, ordinal 7°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar la construcción de la Plaza de Ferias de Popayán, en el año $ 20.100.00 CAPITULO 206 Artículo 2357, ordinal 8°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar la construcción de la Plaza de Ferias de Barranquilla, en el año $ 10.000.00 CAPITULO 206 Artículo 2357, ordinal 9°. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar la construcción de la Plaza de Ferias de Villavicencio, en el año $ 5.000.00 CAPITULO 206 Artículo 2357, ordinal 10 Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar i construcción de la Plaza- de Ferias de San Juan de Rioseco (Cundinamarca), en el año $ 2.000.00

Artículo 2De La Partida Asignada En El Capítulo 206, Articulo 2358 Del Presupuesto Nacional Rigente, Para Auxilio A Las Ferias Exposiciones Agrícolas Y Pecuarias En El País (Ley 224 De 1938, Artículo 10), En El Año, Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 206 Artículo 2358, Ordinal 17

°. De la partida asignada en el Capítulo 206, articulo 2358 del Presupuesto Nacional rigente, para auxilio a las ferias exposiciones agrícolas y pecuarias en el país (Ley 224 de 1938, artículo 10), en el año, hácese la siguiente distribución: CAPITULO 206 Artículo 2358, ordinal 17. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar a la Feria-Exposición Pecuaria que se llevará a cabo en el Municipio de Sincelejo, en el presente año $ 10.000.00 CAPITULO 206 Artículo. 2358, ordinal 18. Aporte del Gobierno Nacional para auxiliar í la Feria Exposición Pecuaria que se llevará a cabo en el Municipio de Charalá (Santander), en el presente año $.1.000.00

Artículo 3El Pago De Los Aportes Y Auxilios Ordenados En Los Artículos 1° Y 2° Dé Este Decreto, Su Manejo E Inversión, Y La Rendición De Las Cuentas Correspondientes A La Contraloría General De La República, Se Efectuarán Con Arreglo A Las Normas Administrativa Y Fiscales Vigentes Para Esta Clase De Erogaciones Comuníquese, Publíquese Y Cúmplase Dado En Bogotá A 28 De Junio De 1956

°. El pago de los aportes y auxilios ordenados en los artículos 1° y 2° dé este Decreto, su manejo e inversión, y la rendición de las cuentas correspondientes a la Contraloría General de la República, se efectuarán con arreglo a las normas administrativa y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura