en uso de sus facultades legales
Artículo 1Hácense Las Siguientes Supresiones En El Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Departamento Del Tolima (Honda)
° Hácense las siguientes supresiones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento del Tolima (Honda). Una plaza de Auxiliar, 2ª de Manejo, con asignación mensual de $ 149.00 cargo que viene desempeñando la señorita Lola Aguirre. El Auxiliar 2° de Correos, con asignación mensual de 138.00 cargo que viene desempeñando el señor Alirio Vera. Suma $ 287.00
Las partidas anteriores corresponden al Capítulo 100, artículo 1826 del Presupuestó vigente.
Artículo 2Hácense Las Siguientes Creaciones En El Ramo De Correos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos
° Hácense las siguientes creaciones en el ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos. Departamento del Tolima (Honda) Una plaza de Auxiliar 2ª de Correos de la Administración de Correos, con asignación mensual de $ 145.00 Una plaza de Auxiliar 3° de la Aministración de Correos, con asignación mensual de $ 80.00 Suma $ 225.00
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al Capítulo y artículo correspondientes al ramo de Correos del Presupuesto del año de 1949;
Artículo 3Fíjanse Las Siguientes Asignaciones Mensuales Al Personal De Empleados Que A Continuación Se Expresa En La Administración De Correos De Honda (Tolima): Administrador, Con $ 260
° Fíjanse las siguientes asignaciones mensuales al personal de empleados que a continuación se expresa en la Administración de Correos de Honda (Tolima): Administrador, con $ 260.00. Mayor valor mensual $ 30.00 Oficial 3ª de Giros, con $ 190.00. Mayor valor, mensual 18.00 Tres Carteros, con $ 75.00 cada uno Mayor valor mensual 9.00 Suma $ 62.00
El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al Capitulo y articulo correspondientes al ramo de Correos del Presupuesto de 1949.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°) De Enero Próximo
° El presente Decreto rige a partir del primero (1°) de enero próximo. Comuníquese y publíquese.