Artículo 1Modifícase El Decreto Número 1972 De 1944 (Agosto 16), En El Sentido De Que El Retiro Del Servicio Activo De Las Fuerzas Militares Del Capitán Carlos Gómez Jurado Guerrero, No Es Con Fecha Diez Y Seis (16) De Septiembre De Mil Novecientos Cuarenta Y Cuatro (1944, Sino A Partir Del Catorce (14) De Junio De Mil Novecientos Cincuenta Y Cuatro (1954), Previa Continuidad De Alta Por El Término De Tres (3) Meses En La Contaduría Principal Del Comando Del Ejército, Para Los Efectos Del Artículo 85 De La Ley 126 De 1959
° Modifícase el Decreto número 1972 de 1944 (agosto 16), en el sentido de que el retiro del servicio activo de las Fuerzas Militares del Capitán Carlos Gómez Jurado Guerrero, no es con fecha diez y seis (16) de septiembre de mil novecientos cuarenta y cuatro (1944, sino a partir del catorce (14) de junio de mil novecientos cincuenta y cuatro (1954), previa continuidad de alta por el término de tres (3) meses en la Contaduría Principal del Comando del Ejército, para los efectos del artículo 85 de la ley 126 de 1959.
Artículo 2Revócanse Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Al Presente Decreto
° Revócanse todas las disposiciones que le sean contrarias al presente Decreto. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República