El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el parágrafo del artículo 4° del Decreto 1078 de 1960
Artículo 1
Artículo primero. Adiciónase la Nomenclatura de Empleos establecida por el Decreto 1678 de 1960, can las siguientes series v clases de empleo: Series de clases Clases de cargos Grados ocupacionales Técnicos en Aeronáutica: Técnico en Aeronáutica I 11 Técnico en Aeronáutica II 12 Técnico en Aeronáutica III 13 Técnicos en Industria: Técnico en Industria I 11 Técnico en Industria II 12 Técnico en Industria ll 13 Técnico en Industria IV 14
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado
Germán París Ayaencargado