Micelio

decreto 1660 de 1926

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Créanse Tres Agentes De Policía Sanitaria Para El Servicio De Puerto Colombia, Con La Asignación Mensual De Cincuenta Pesos Cada Uno

º. Créanse tres Agentes de Policía Sanitaria para el servicio de Puerto Colombia, con la asignación mensual de cincuenta pesos cada uno.

Artículo 2Fijase En Doscientos Cuarenta Pesos El Sueldo Del Médico Inspector Sanitario De Barrancabermeja, Y En Setenta Pesos Cada Uno El Del Motorista Y El Del Piloto De La Lancha De Sanidad De Buenaventura

º. Fijase en doscientos cuarenta pesos el sueldo del Médico Inspector Sanitario de Barrancabermeja, y en setenta pesos cada uno el del Motorista y el del Piloto de la lancha de sanidad de Buenaventura.

Parágrafo

Estas asignaciones son mensuales, y se contarán a partir del primero de octubre. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción y Salubridad Públicas