Artículo 1Fíjese La Siguiente Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio (Ica), Entre Los Municipios Afectados Por Las Obras De Captación, Túnel De Conducción, Almenara Y Casa De Máquinas De La Pequeña Central Hidroeléctrica Morro Azul, El Cual Deberá Ser Cancelado Por La Empresa Risaralda Energía S
°. Fíjese la siguiente proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio (ICA), entre los municipios afectados por las obras de captación, túnel de conducción, almenara y casa de máquinas de la Pequeña Central Hidroeléctrica Morro Azul, el cual deberá ser cancelado por la empresa Risaralda Energía S.A.S. ESP, así:
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Energía