Micelio

decreto 4246 de 2004

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Aclárase El Inciso Primero Del Artículo 1° Del Decreto 3769 De 2004, En El Sentido De Precisar Que La Ley 789 Fue Expedida En El Año 2002 Y No En El Año 2003 Como Quedó Allí Señalado

°. Aclárase el inciso primero del artículo 1° del Decreto 3769 de 2004, en el sentido de precisar que la Ley 789 fue expedida en el año 2002 y no en el año 2003 como quedó allí señalado.

Artículo 2Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de la Protección Social