Artículo 1O
o . Créase la Agregaduría de Policía en la Embajada Colombiana ante el Gobierno de la República de Argentina.
Artículo 2O
o . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
2 artículos · lectura continua
o . Créase la Agregaduría de Policía en la Embajada Colombiana ante el Gobierno de la República de Argentina.
o . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.