en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 2 de los corrientes, concedió al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931, para efectuar algunos traslados en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional
Artículo 1
Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del
Artículo 247Para Biblioteca, Talleres, Material De Enseñanza, Útiles De Escritorio, Servicio De Energía Eléctrica, Teléfono, Agua Y Demás Gastos De Esta Escuela En El Año $ 4,000
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 47 Instrucción normalista. Del articulo 247. Para biblioteca, talleres, material de enseñanza, útiles de escritorio, servicio de energía eléctrica, teléfono, agua y demás gastos de esta escuela en el año $ 4,000.00 CAPITULO 47 Al artículo 247 A. Para atender a la continuación de las obras de ampliación del edificio de la Normal de Popayán 4,000.00 Sumas iguales $ 4,000.00 4,000.00 Comuníquese y publíquese.