Micelio

decreto 195 de 1958

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Artículo 1

Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de seis millones setenta y un mil cuatrocientos sesenta y ocho pesos con veinte centavos ($ 6.071.468.20) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: Recursos de Crédito. Numeral 140. Producto de la emisión de los Pagarés números 2 a 7, con intereses del 5 1/2 % anual, expedidos para financiar el pago de la deuda a favor de la Casa Telefunken, de Berlín, Alemania, por concepto del suministro y montaje de instalaciones de radiodifusión, según lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0129 de 1950 (US $ l.084.190.75 al cambio de 5.60 %) $ 6.071.468.20 Total $ 6.071.468.20

Artículo 2

Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior; ábrese el siguiente crédito adicional - extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Capítulo 863 A. Inversiones y gastos con recursos del crédito. 116. Al artículo 0095-A. Para pagar a la Casa Telefunken, de Berlín, Alemania, en los Pagarés números 1 a 7 inclusive, del 5 1/2 % de interés anual, la deuda a su favor por concepto del suministro y montaje de instalaciones de radiodifusión, de, conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0129 de 1958 (US$ 1.084.190.75, al cambio del 5.60 %) $ 6.071.468.20 Total $ 6.071.468.20

Artículo 0095-A

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior; ábrese el siguiente crédito adicional - extraordinario- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Capítulo 863 A. Inversiones y gastos con recursos del crédito. 116. Al artículo 0095-A. Para pagar a la Casa Telefunken, de Berlín, Alemania, en los Pagarés números 1 a 7 inclusive, del 5 1/2 % de interés anual, la deuda a su favor por concepto del suministro y montaje de instalaciones de radiodifusión, de, conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 0129 de 1958 (US$ 1.084.190.75, al cambio del 5.60 %) $ 6.071.468.20 Total $ 6.071.468.20

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas