Micelio

decreto 272 de 2009

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El Ministro del Interior y Justicia de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 9ª de 1979 y el artículo 245 de la Ley 100 de 1993

Artículo 1Modificar El Parágrafo Del Artículo 24 Del Decreto 3249 De 2006, Modificado Por El Artículo 6° Del Decreto 3863 De 2008 El Cual Quedará Así: “parágrafo

°. Modificar el

Parágrafo

del artículo 24 del Decreto 3249 de 2006, modificado por el artículo 6° del Decreto 3863 de 2008 el cual quedará así: “

Parágrafo

En las etiquetas y rótulos de envases y empaques y en la publicidad de los suplementos dietarios no se deberá presentar información que confunda, exagere o engañe, en cuanto a su composición, origen, efectos u otras propiedades del producto, ni ostentar indicaciones preventivas, de rehabilitación o terapéuticas”.

Parágrafo

Artículo 24 DECRETO 3249 de 2006

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Modifica El Parágrafo Del Artículo 24 Del Decreto 3249 De 2006, Modificado Por El Artículo 6° Del Decreto 3863 De 2008 Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el

Parágrafo

del artículo 24 del Decreto 3249 de 2006, modificado por el artículo 6° del Decreto 3863 de 2008 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Parágrafo

Artículo 24 DECRETO 3249 de 2006

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de la Protección Social