Micelio

decreto 4231 de 2004

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de

Considerando · 1 motivo

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y cuenta con el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos De La Planta De Personal Del Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural

°. Suprímense los siguientes cargos de la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Número de Cargos Denominación del Cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Asesor 1020 12 1 (Uno) Asesor 1020 10

Artículo 2Créanse Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal Del Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural: Número De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Ministro 1 (Uno) Asesor 1020 2 1 (Uno) Asesor 1020 10

°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural: Número de Cargos Denominación del Cargo Código Grado DESPACHO DEL MINISTRO 1 (Uno) Asesor 1020 2 1 (Uno) Asesor 1020 10

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 3745 Del 22 De Diciembre De 2003

°. El presente decreto rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3745 del 22 de diciembre de 2003.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública