El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales y vista la solicitud de Asilo de San Antonio de Padua
Artículo 1
Articulo único. En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará un folleto que llevará por nombre "La obra de la Congregación de Terciarios Capuchinos en pro de la infancia desamparada y de la juventud descarriada" en número de 3.000 ejemplares, bajo la dirección de Asilo de San Antonio de Padua, de Bogotá. El papel y la cartulina debe suministrarlos el Asilo de San Antonio de Padua, de Bogotá. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierna
El Ministro de Hacienda y Crédito Público