Considerando · 3 motivos
Que por el Decreto Extraordinario número 3518 de 9 de noviembre de1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio toda la Republica:;
Que por Decreto número 3345 de 31 de octubre de 1950, se suspendieron las disposiciones sobre remuneración permanente de los miembros del Congreso.
Que es conveniente que los congresistas puedan atender con decoro a la representación que les impone su alta investidura;
Artículo 1
Artículo primero. A partir del 30 de octubre del presente año, y mientras esté reunido el congreso en sesiones ordinarias o extraordinarias, los Senadores y Representantes que asignan a las Sesiones tendrán derecho a gastos de representación por la cantidad de cuarenta pesos ($ 40) diarios.
Artículo 2El Gobierno Efectuará Las Operaciones Presupuestales Y Traslados Necesarios Para Dar Cumplimiento Al Presente Decreto, El Cual Rige Desde Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El Gobierno efectuará las operaciones presupuestales y traslados necesarios para dar cumplimiento al presente decreto, el cual rige desde rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.