Micelio

decreto 143 de 1888

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El Presidente de la República de Colombia

En uso de sus facultades constitucionales

Artículo 1

Artículo único : Nómbrase Ministros del Despacho administrativo del Gobierno a los señores: Carlos Holguín, de Gobierno. Vicente Restrepo do Relaciones Exteriores. Felipe F. Paúl, de Hacienda. Felipe Angulo, de Guerra. Jesús Crasas Rojas, de Instrucción pública. Carlos Martínez Silva, del Tesoro. General Rafael Reyes, de Fomento. Comuníquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República