en uso de sus atribuciones .legales
Artículo 1
Articulo I. De acuerdo con la autorización de que trata el acápite b) del artículo I del capítulo VII del Reglamento de Ejecución de la Convención Principal de la Unión Postal Universal, serán resellados los cupones-respuesta hoy en circulación, aumentando su valor a once centavos ($0-11), de conformidad con el precio fijado por dicha Convención.
Artículo 2
Artículo II. Se faculta al señor Administrador General de Correos para que por la Litografía Nacional se haga el resello ordenado. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno