Micelio

decreto 7 de 1923

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en uso de sus atribuciones .legales

Artículo 1

Articulo I. De acuerdo con la autorización de que trata el acápite b) del artículo I del capítulo VII del Reglamento de Ejecución de la Convención Principal de la Unión Postal Universal, serán resellados los cupones-respuesta hoy en circulación, aumentando su valor a once centavos ($0-11), de conformidad con el precio fijado por dicha Convención.

Artículo 2

Artículo II. Se faculta al señor Administrador General de Correos para que por la Litografía Nacional se haga el resello ordenado. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno