Artículo 1Adicionar El Artículo 3º Del Decreto 1494 De 2005 Con El Siguiente Parágrafo: Parágrafo
º. Adicionar el artículo 3º del Decreto 1494 de 2005 con el siguiente
Parágrafo
Parágrafo
Cuando la modificación en la planta de cargos consista en una disminución de la misma, la entidad territorial no deberá anexar la certificación expedida por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio de que trata el literal a) del presente artículo.
Parágrafo
) Artículo 3 DECRETO 1494 de 2005
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Adiciona El Artículo 3° Del Decreto 1494 De 2005
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona el artículo 3° del Decreto 1494 de 2005.