en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República se trasladará a Asunción, Paraguay, con el fin de asistir a la XI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, por los días comprendidos entre el 22 y 24 de agosto próximo
Considerando · 2 motivos
Que el Presidente de la República se trasladará a Asunción, Paraguay, con el fin de asistir a la XI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Río, por los días comprendidos entre el 22 y 24 de agosto próximo;
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en las leyes, el Ministro del Interior está habilitado para ejercer las funciones constitucionales como Ministro Delegatario;
Artículo 1º
º. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro del Interior, doctor Carlos Holmes Trujillo García, las funciones constitucionales correspondientes a los siguientes asuntos
Artículos 129, 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1º y 2º, 304 y 314.
Artículo 150, ordinal 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
Artículos 163,165 y 166.
Artículos 200 y 201.
Artículos 212, 213, 214 y 215.
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíque se y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 15 de agosto de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Carlos Posada.