Artículo 1Reducir La Suma De Diez Mil Quinientos Doce Millones Trescientos Trece Mil Pesos ($10
°. Reducir la suma de diez mil quinientos doce millones trescientos trece mil pesos ($10.512.313.000) moneda corriente, del Presupuesto de Rentas para la vigencia fiscal 2012 del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad, en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan: SECCIÓN 0602 FONDO ROTATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD 3000 INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 10.512.313.000 3100 A - INGRESOS CORRIENTES 10.512.313.000 3120 NO TRIBUTARIOS 10.512.313.000 3121 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 8.128.381.000 3128 OTROS INGRESOS 2.383.932.000 TOTAL INGRESOS 10.512.313.000
Artículo 2
° . Contracredítase la suma de diez mil quinientos doce millones trescientos trece mil pesos ($10.512.313.000) moneda corriente para la vigencia fiscal de 2012, los saldos no comprometidos en el Presupuesto de Gastos del Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad, en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan: Cta prog Sub subp Objg Proy Ord Rec Aporte nacional Recursos propios Total SECCIÓN 0602 FONDO ROTATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE SEGURIDAD TOTAL PRESUPUESTO 10.512.313.000 10.512.313.000 A. FUNCIONAMIENTO 10.512.313.000 10.512.313.000 2 GASTOS GENERALES 10.151.890.000 10.151.890.000 2 03 IMPUESTOS Y MULTAS 245.000.000 245.000.000 20 INGRESOS CORRIENTES 245.000.000 245.000.000 2 0 4 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 9.906.890.000 9.906.890.000 20 INGRESOS CORRIENTES 9.906.890.000 9.906.890.000 5 GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN Y PRODUCCIÓN 360.423.000 360.423.000 5 2 INDUSTRIAL 360.423.000 360.423.000 5 2 2 OTROS GASTOS 360.423.000 360.423.000 5 2 2 1 OTROS GASTOS 360.423.000 360.423.000 20 INGRESOS CORRIENTES 360.423.000 360.423.000 TOTAL CONTRACRÉDITO 10.512.313.000 10.512.313.000 FONDO ROTATORIO DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRA-TIVO DE SEGURIDAD
Artículo 3Con Base En La Reducción Del Artículo 1° De Este Decreto, Adicionar La Suma De Diez Mil Quinientos Doce Millones Trescientos Trece Mil Pesos ($10
°. Con base en la reducción del artículo 1° de este decreto, adicionar la suma de diez mil quinientos doce millones trescientos trece mil pesos ($10.512.313.000) moneda corriente, para la vigencia fiscal de 2012 en el Presupuesto de Rentas de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan. SECCIÓN 1104 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA 3000 INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS 10.512.313.000 3100 A - INGRESOS CORRIENTES 10.512.313.000 3120 NO TRIBUTARIOS 10.512.313.000 3121 VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 8.128.381.000 3128 OTROS INGRESOS 2.383.932.000 TOTAL INGRESOS 10.512.313.000
Artículo 4Con Base En El Contracrédito Del Artículo 2° De Este Decreto, Acredítese La Suma De Diez Mil Quinientos Doce Millones Trescientos Trece Mil Pesos ($10
°. Con base en el contracrédito del artículo 2° de este decreto, acredítese la suma de diez mil quinientos doce millones trescientos trece mil pesos ($10.512.313.000) moneda corriente para la vigencia fiscal de 2012, en el Presupuesto de Gastos de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en los rubros y cuantías que a continuación se relacionan: Cta prog Sub subp Objg Proy Ord Rec Aporte nacional Recursos propios Total SECCIÓN 1104 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA TOTAL PRESUPUESTO 10.512.313.000 10.512.313.000 A. FUNCIONAMIENTO 10.512.313.000 10.512.313.000 2 GASTOS GENERALES 10.512.313.000 10.512.313.000 2 0 3 IMPUESTOS Y MULTAS 250.000.000 250.000.000 20 INGRESOS CORRIENTES 250.000.000 250.000.000 2 0 4 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS 10.262.313.000 10.262.313.000 20 INGRESOS CORRIENTES 10.262.313.000 10.262.313.000 TOTAL CRÉDITO 10.512.313.000 10.512.313.000 UNIDAD ADMINISTRATIVA ES-PECIAL MIGRACIÓN COLOMBIA
Artículo 5
° . El Fondo Rotatorio del Departamento Administrativo de Seguridad, continuará ejecutando las apropiaciones comprometidas con anterioridad a la expedición del presente decreto.
Artículo 6Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.