Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos De Funcionamiento, Para La Vigencia Fiscal De 1961, Con Base En El Certificado De Reserva Y Disponibilidad Número 54 Del Mismo Año, Expedido Por La Contraloría General De La Republica
° Hácense las siguientes traslaciones en el presupuesto de gastos de funcionamiento, para la vigencia fiscal de 1961, con base en el certificado de Reserva y Disponibilidad número 54 del mismo año, expedido por la Contraloría General de la Republica. Presupuesto de funcionamiento. Ministerio de Guerra. Contra créditos. I. Gastos Directos del Ministerio B) Rama Técnica. CAPITULO 0504 Armada Nacional. Programa I. Administración de los Servicios de Defensa Naval. Gastos generales. 108 133. Del artículo 5046. Materiales y suministros $ 308.000.00 Suman los contracreditos $ 308.000.00 Créditos. B) Rama Técnica CAPITULO 0504 Programa I. Administración de los Servicios de Defensa Naval. Gastos generales. 108 133. Al artículo 5046-A. Compra de equipo (artículo abierto por la Ley 43 de 1961) $ 100.000.00 107 133. Al artículo 5047. Mantenimiento y aseguras 100.000.00 108 133. Al artículo 5048. Impresos y publicaciones 8.000.00 Programa II. Administración de Bases Navales y Edificios. Gastos generales. 107 133. Al artículo 5050. Sostenimiento y conservación de Bases y dependencias de la Armada $100.000.00 Suman los créditos $308.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,