en uso de sus atribuciones constitucionales
Artículo 1El Auxilio Decretado Por La Ley 69 De 1936, Para El Municipio De Mompós, Con Motivo Del Cuarto Centenario De Su Fundación, Se Destina, A Las Siguientes Obras: Para Compra E Instalación De Sendas Plantas Eléctrica Y De Hielo Para El Servicio De La Ciudad $ 35
° El auxilio decretado por la Ley 69 de 1936, para el Municipio de Mompós, con motivo del cuarto centenario de su fundación, se destina, a las siguientes obras: Para compra e instalación de sendas plantas eléctrica y de hielo para el servicio de la ciudad $ 35.000.00 Aporte del Municipio para la creación de una agencia de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero 15.000.00 Suma $ 50.000.00
Artículo 2Los Planos Y Presupuestos Para La Instalación De Las Plantas Eléctrica Y De Hielo, De Que Trata El Articulo Anterior Serán Sometidos Al Estudio Y Aprobación Del Ministerio De Obras Públicas
° Los planos y presupuestos para la Instalación de las plantas eléctrica y de hielo, de que trata el articulo anterior serán sometidos al estudio y aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Artículo 3El Municipio De Mompós Queda En La Obligación De Darle Cumplimiento Al Articulo 2° De La Ley Que Se Reglamenta, Con El Saldo Del Auxilio Decretado, Una Vez Que El Congreso Lo Apropie En El Respectivo Presupuesto
Articulo 3° El Municipio de Mompós queda en la obligación de darle cumplimiento al articulo 2° de la Ley que se reglamenta, con el saldo del auxilio decretado, una vez que el Congreso lo apropie en el respectivo Presupuesto.
Artículo 4Aprobados Los Planos Y Presupuestos Para Las Obras De Que Trata Este Decreto, Y Celebrado El Contrato Con La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Para La Creación De Una Agencia En Mompós, El Ministerio De Hacienda Procederá A Hacer El Giro Correspondiente, De Acuerdo Con Las Prescripciones De La Resolución Número 490 De 1936, Emanada De La Contraloría General De 1a República
° Aprobados los planos y presupuestos para las obras de que trata este Decreto, y celebrado el contrato con la Caja de Crédito Agrario, industrial y Minero, para la creación de una agencia en Mompós, el Ministerio de Hacienda procederá a hacer el giro correspondiente, de acuerdo con las prescripciones de la Resolución número 490 de 1936, emanada de la Contraloría General de 1a República.