El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Desde el día 1° de Enero actual crease una plaza más de Ayudante en la Oficina 1ª de la Sección 12ª, Encomiendas del Interior, de la Dirección General de Correos y Telégrafos, con la asignación mensual de $ 40. Comuníquese y publíquese.