En uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
De la partida global apropia da en el Capítulo 0917, Financiamiento a cargo del Ministerio, Programa VI, Sostenimiento de Hospitales, artículo 9415, "para sostenimiento de Hospitales, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución parcial:
Capítulo 0917, artículo 9415.
Económica: 203.
Claves:
Funcional: 352.
Artículo 9415, "para Sostenimiento De Hospitales, Según Distribución Que Se Hará De Acuerdo Con Las Necesidades, En El Año", Hácese La Siguiente Distribución Parcial: Capítulo 0917, Artículo 9415
Artículo primero. De la partida global apropia da en el Capítulo 0917, Financiamiento a cargo del Ministerio, Programa VI, Sostenimiento de Hospitales, artículo 9415, "para sostenimiento de Hospitales, según distribución que se hará de acuerdo con las necesidades, en el año", hácese la siguiente distribución parcial: Capítulo 0917, artículo 9415. Económica: 203. Claves: Funcional: 352. Ordinal
Bogotá, D. E.: Hospital de "La Samaritana" $ 500.000.00 Ordinal
Saldaña (Tolima): Hospital "San Carlos" 20.000.00 Total $ 520.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto regirá a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.