Micelio

decreto 272 de 1958

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Artículo 1

Artículo primero . Créanse en el Distrito Judicial de Santa Marta los siguientes Juzgados: Un (1) Juzgado Superior en Santa Marta con su correspondiente Fiscalía. Un (1) Juzgado Civil de Circuito en El Banco.

Artículo 2

Artículo segundo. Créase el cargo de Médico Legista Auxiliar de la Oficina Médico-legal de Ibagué, con asignación mensual de mil doscientos (S 1.200.00) pesos. .

Artículo 3Se Crean, Serán Los Mismos Que Los De Aquellos De Su Clase

Artículo tercero. El personal y asignaciones que por el artículo 1° se crean, serán los mismos que los de aquellos de su clase.

Artículo 4

Artículo cuarto. El Juzgado Promiscuo de Circuito que actualmente funciona en El Banco, connocerá privativamente de asuntos penales y se denominará Juzgado Penal del Circuito de El Banco.

Artículo 5

Artículo quinto . El nuevo reparto de asuntos a que dé lugar la aplicación de este Decreto, será reglamentado por el Ministerio, de Justicia.

Artículo 6

Artículo sexto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuniquese y publiquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Agricultura
El Ministro de Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
EL Ministro de Obras Públicas