DecretoVigente
Decreto 6 de 1990
por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros.
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 18 De 1989 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: “acuerdo Numero 18 De 1989 (Diciembre 14) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 22 De Diciembre De 1988, Un Contrato De Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café Y Prestación De Servicios; B) Que Es Necesario Revisar Las Apropiaciones Aforadas En El Presupuesto Del Fondo Nacional Del Café Para La Vigencia Del Año De 1989, A Fin De Actualizarlo Con El Objeto De Permitirle Atender Adecuadamente La Coyuntura Actual Y Conservar Un Racional Equilibrio Entre Los Ingresos Y Los Egresos; C) Que El Proyecto De Actualización Fue Estudiado Y Aprobado El Día 5 De Los Corrientes, Por Los Asesores Del Gobierno Nacional Para Asuntos Cafeteros Y Por La Comisión Especial Designada Para Tal Fin Por El Comité Nacional De Cafeteros En Su Sesión Del 16 De Noviembre De 1989; D) Que Según La Cláusula Decimoquinta Del Contrato De Diciembre 22 De 1988, El Comité Nacional De Cafeteros Es La Única Corporación Con Facultad Para Asignar Los Recursos Del Fondo Nacional Del Café; E) Que El Comité Nacional, Ad-Referéndum Del Voto Expreso Y Favorable Del Señor Ministro De Hacienda Y Crédito Público Acogió La Totalidad Del Informe Presentado Por La Citada Comisión De Presupuesto2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Publicación
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