Micelio

decreto 2421 de 1975

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 42 de la Ley 1.5 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar, la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 42 de la Ley 1.5 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de garantizar, la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Defensa Nacional, por medio de la Resolución número 8701 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 7.153.860 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 087 de 1975 por $ 7.153.860 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y;

Que se han, cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácese El Siguiente Traslado En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1975

°. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975. Presupuesto de funcionamiento . MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL CAPITULO 177 Comando del Ejército. Programa 177. Operación Administrativa del Ejército. Servicios personales. 182 152 119. Artículo 1788. Alimentación, lavado y peluquería 7.153.860 Suman los contracréditos $ 7.153.860 Créditos CAPITULO 177 Comando del Ejército. Programa 177. Operación Administrativa del Ejército. Gastos Generales. 106 152 209. Artículo 1793. Servicios Públicos $ 2:000.000 106 152 211. Artículo 1794. Materiales y suministros 5.153.860 Suman los créditos $ 7.153.860

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público