Artículo 1Derógase El Artículo 15 Del Decreto Reglamentario Numero 056 De 1974
º Derógase el artículo 15 del Decreto reglamentario numero 056 de 1974.
Artículo 2Este Decreto Rige Desde Su Expedición
º Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y cúmplase
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
La Ministra de Comunicaciones