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decreto 912 de 2002

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Ley 87 de 1993 establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado

Considerando · 4 motivos

Que la Ley 87 de 1993 establece las normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado;

Que el artículo 11 de la citada ley dispone que el Jefe de la Unidad u Oficina de Control Interno, será un funcionario de libre nombramiento y remoción;

Que conforme a lo anterior se hace necesario crear el respectivo empleo en la planta de personal de empleados públicos de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, para lo cual se obtuvo el concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública, y el certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General del Presupuesto, mediante oficio 20408 del 10 de abril de 2002;

Que la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su planta de personal de acuerdo con el Acta número 2266 del 8 de febrero de 2002;

Artículo 1Créase En La Planta De Personal De Empleados Públicos De La Empresa Colombiana De Petróleos, Ecopetrol, El Siguiente Empleo: Número De Empleos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado 1 (Uno) Oficina De Control Interno Jefe De Oficina 0137 20

°. Créase en la planta de personal de empleados públicos de la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, el siguiente empleo: Número de empleos Dependencia y denominación del empleo Código Grado 1 (uno) Oficina de Control Interno Jefe de Oficina 0137 20

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Minas y Energía
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública