En uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 22 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de sus apropiaciones, según consta en el acta respectiva
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 51. Del artículo 449-G. Para los gastos urgentes de restablecimiento del orden público y de la administración pública (Decreto 1273 de 1948) y para atender al servicio de intereses del préstamo concedido al Gobierno Nacional por el Banco de la República, según contrato de 27 de abril de 1948 $ 77.124.58 CAPITULO 51. Al artículo 449-G-bis. Para dar cumplimiento al Decreto legislativo número 1370 de 1948 (abril 28) sobre adquisición para la Nación de la manzana comprendida entre las carreras séptima y octava de la ciudad de Bogotá $ 77.124.58
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
°. El presente decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.