El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le otorga el artículo 121 de la Constitución Nacional
Artículo 1
Artículo primero. Transfiérese gratuitamente a la Arquidiócesis de Bogotá, con destino exclusivo a la Casa del Clero, la propiedad que tiene la Nación Sobre el lote que compró por escritura pública número 1318 otorgada en la Notaría 2ª de la ciudad de Bogotá, el 8 de julio de 1905, en donde estuvo situado el antiguo Palacio de la Nunciatura Apostólica. El Ministro de Obras Públicas otorgará la escritura pública correspondiente y hará la entrega material del inmueble.
Artículo 2
Artículo segundo. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, y quedan suspendidas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas