Micelio

decreto 6 de 1925

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Artículo 1El Concurso Abierto Por El Decreto Número 1835 De 1924 Para Proveer El Cargo De Jefe De La Oficina De Información Y Propaganda En Barcelona Se Efectuará El 1º De Marzo De 1925, Con El Objeto De Conceder Tiempo Suficiente A Todos Los Aspirantes Del País Que Quieran Presentarse

º El concurso abierto por el Decreto número 1835 de 1924 para proveer el cargo de Jefe de la Oficina de Información y Propaganda en Barcelona se efectuará el 1º de marzo de 1925, con el objeto de conceder tiempo suficiente a todos los aspirantes del país que quieran presentarse.

Artículo 2El Examen Escrito A Que Se Refiere El Punto Ii Del Artículo 3º Del Decreto Antes Mencionado, Constará Además De Los Siguientes Temas: Primero

º El examen escrito a que se refiere el punto II del artículo 3º del Decreto antes mencionado, constará además de los siguientes temas: Primero. Nociones de lo que es el cambio o el intercambio en las relaciones comerciales internacionales. Qué condiciones necesita llenar el productor para que el cambio sea completo. Qué circunstancias determinan el intercambio entre las naciones. Ventajas que ofrece a éstas el cambio comercial, en relación con el volumen de su moneda. Origen del intercambio. Segundo. Principales auxiliares de la producción de riqueza en los países suramericanos. Qué papel desempeña la marina mercante en ese desarrollo. Qué industrias nuevas podrían servir a Colombia para elevar su capacidad exportadora. Datos estadísticos sobre esta materia. Tercero. Qué sistema de contribución aduanera rige en Colombia. Qué otro sistema podría implantarse y qué ventajas ofrecería. Cuál ha sido para Colombia la verdadera balanza comercial en los últimos veinte años. Cómo debe apreciarse la balanza de comercio. Cuarto. Qué condiciones ventajosas de orden material, social y económico ofrece Colombia a la inversión del capital extranjero. Si es favorable el concepto europeo con respecto a esas inversiones.

Artículo 3Para Las Pruebas Escritas Que Deban Elegirse A La Suerte Se Suprimirán Los Temas Del Artículo 7º De Dicho Decreto, Marcados Con Los Números 11, 15, 26, 32, 33, 35 Y 36

º Para las pruebas escritas que deban elegirse a la suerte se suprimirán los temas del artículo 7º de dicho Decreto, marcados con los números 11, 15, 26, 32, 33, 35 y 36.

Artículo 4Queda En Los Anteriores Términos Reformado El Decreto Número 1835 De 1924

º Queda en los anteriores términos reformado el Decreto número 1835 de 1924. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Industrias