en uso de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el Decreto legislativo número 1599 de 1953
Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Presidencia de la República.
Capítulo 2.°
Comité Nacional de Planeación.
Presidencia de la República.
Capítulo 2.°
Comité Nacional de Planeación.
Artículo 16Para Sueldos Y Honorarios Que Ocasione La Asistencia Técnica De Expertos Enviados Por Organismos Internacionales, En El Año $60
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Presidencia de la República. Capítulo 2.° Comité Nacional de Planeación. A2a Del artículo 16. Para sueldos y honorarios que ocasione la asistencia técnica de expertos enviados por organismos internacionales, en el año $60.000.00 A1a Del artículo 18. Para viáticos y gastos de transporte del personal de nómina del Comité Nacional de Planificación y de expertos enviados por organismos internacionales y los del Comité, cuando viajen en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores 20.000.00 Suman los contracréditos $ 80.000.00 Presidencia de la República. Capítulo 2.° Comité Nacional de Planeación. A2a Al artículo 17. Para pago de contratos con expertos, del Comité Nacional de Planeación, en el año $ 80.000.00 Suman los créditos $ 80.000.00
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.