en ejercicio de las facultades constitucionales consagradas en el numeral 14 del artículo 189 y el artículo 34 transitorio de la Constitución Política de Colombia
Artículo 1Las Funciones Propias De La Veeduría Del Tesoro Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° De Cargos Denominación Del Empleo Código Grado 1 Veedor Del Tesoro 0146 1 Viceveedor Del Tesoro 0147 3 Veedor Auxiliar 0148 1 Secretario General De La Veeduría Del Tesoro 0149 18 Veedor Regional 2146 24 2 Asesor 1020 08 4 Jefe División 2040 14 7 Profesional Especializado 3010 16 10 Profesional Especializado 3010 15 6 Profesional Universitario 3020 08 4 Técnico Administrativo 4065 09 5 Asistente Administrativo 4140 15 2 Secretario Bilingüe 5235 24 6 Secretario Ejecutivo 5040 17 4 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 07 6 Conductor Mecánico 6010 08
° Las funciones propias de la Veeduría del Tesoro serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece: N° de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 Veedor del Tesoro 0146 1 Viceveedor del Tesoro 0147 3 Veedor Auxiliar 0148 1 Secretario General de la Veeduría del Tesoro 0149 18 Veedor Regional 2146 24 2 Asesor 1020 08 4 Jefe División 2040 14 7 Profesional Especializado 3010 16 10 Profesional Especializado 3010 15 6 Profesional Universitario 3020 08 4 Técnico Administrativo 4065 09 5 Asistente Administrativo 4140 15 2 Secretario Bilingüe 5235 24 6 Secretario Ejecutivo 5040 17 4 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 07 6 Conductor Mecánico 6010 08
Artículo 2El Veedor Del Tesoro Mediante Resolución Distribuirá Los Cargos De La Planta De Personal De Que Trata El Presente Decreto Y Ubicará El Personal De Acuerdo A Las Necesidades Del Servicio Y Los Planes Y Programas Trazados Por La Veeduría Del Tesoro
° El Veedor del Tesoro mediante resolución distribuirá los cargos de la Planta de Personal de que trata el presente Decreto y ubicará el personal de acuerdo a las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Veeduría del Tesoro.
Artículo 3La Provisión De Los Empleos De Que Trata El Artículo 1° De Este Decreto, Se Hará Hasta El Monto De Las Apropiaciones Establecidas En El Presupuesto De La Veeduría Del Tesoro Para La Correspondiente Vigencia Fiscal
° La provisión de los empleos de que trata el artículo 1° de este Decreto, se hará hasta el monto de las apropiaciones establecidas en el presupuesto de la Veeduría del Tesoro para la correspondiente vigencia fiscal.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga En Lo Pertinente El Decreto 474 Del 11 De Marzo De 1993 Y Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga en lo pertinente el Decreto 474 del 11 de marzo de 1993 y demás disposiciones que le sean contrarias.