Artículo 1
Artículo único. Por licencia concedida al Sr. Eugenio Peña G., para separarse del puesto de segundo auxiliar del Cajero de la Tesorería general de la República, por causa de enfermedad comprobada, nómbrase para desempeñar dicho puesto al Sr. D. Santiago Granados, por el término de la licencia concedida al titular. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro del Tesoro