DecretoVigente
Decreto 858 de 1986
Por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
2artículos
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0sentencias
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
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1Apruébase El Acuerdo Número 5 De Enero 21 De 1986 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: Acuerdo Numero 5 De 1986 (Enero 21) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando: A) Que Con Base En El Decreto Número 2078 De 1940 Y En Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron, El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención A Los Mercados Cafeteros Para El Cumplimiento Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Previeron Originalmente Y A Fin De Dar Aplicación A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que Por Medio Del Acuerdo Número 4 De 1986, Aprobado En Esta Misma Sesión, Se Autorizó A La Federación Nacional De Cafeteros De Colombia Para Emitir, Por Cuenta Del Fondo Nacional Del Café Y Con El Respaldo De Éste, Títulos Denominados "títulos De Ahorro Cafetero"; C) Que En El Acuerdo Sobre Política Cafetera Para 1986, Celebrado En Esta Misma Sesión, Se Pactó: Política De Ahorro Cafetero, Fortalecimiento De Entidades Gremiales E Inversión En El Fondo Financiero Agropecuario2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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