Micelio

decreto 1488 de 1960

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Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Presente Vigencia Fiscal: Ministerio De Justicia Contracréditos

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal: MINISTERIO DE JUSTICIA Contracréditos. CAPITULO 079 Juzgados Superiores de Distrito Judicial. Servicios personales. 101. Del artículo 0821. Jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Juzgados Superiores de Distrito Judicial y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores. $ 8.000.00 CAPITULO 080 Juzgados de Circuito. Servicios personales. 101. Del artículo 0832. Jornales a obreros por trabajos manuales que requieran los Juzgados de Circuito y sus dependencias, en el país, en la presente vigencia y anteriores $ 8.000.00 CAPITULO 082 Cuerpo Auxiliar de la Rama Jurisdiccional. Servicios personales. 101. Del artículo 0852. Jornales a obreros por trabajos manuales que requieran las dependencias citadas, en la presente vigencia y anteriores. $ 5.395.25 CAPITULO 085 Establecimientos de detención, pena y medidas de seguridad. Inversión. 481. Del artículo 0944. Continuación de las construcciones del plan carcelario y penitenciario en ejecución. (Decreto legislativo número 1149 de 1955), en el año $ 28.092.00 Suman los contracréditos $ 49.487.25 Créditos. CAPITULO 070 Ministerio. Servicios personales. 101. Al artículo 0700. Sueldos del personal del Gabinete del Ministro, Secretaría General, Departamento de Personal, Departamento de Vigilancia Jurisdiccional, Departamento Jurídico, Departamento de Instrucción Criminal, Departamento de Menores, Departamento de Prisiones, Departamento de Notariado y Registro, Fondo Rotatorio Judicial, Oficina de Planificación Arquitectónica Carcelaria, y gastos de representación del Ministro, en el año $ 2.057.75 CAPITULO 071 Departamento de Presupuesto Control, Pagaduría y Almacén. Servicios personales. 101. Al artículo 0713. Sueldos del personal del Departamento de Presupuesto, Control, Pagaduría y Almacén, en el año 19.337.50 CAPITULO 085 Establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad. Gastos generales en bienes y servicios. 106. Al artículo 0937. Gastos de administración de los establecimientos de Detención, Pena y Medidas de Seguridad, según contratos, en el año. $ 28.092 00 Suman los créditos $ 49.487.25

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,