en uso de sus facultades legales, y CONSIDERADO: Que por haber sido necesario abrir un nuevo grupo de Primer Año y dictar una nueva cátedra de física en 5° año, en el Externado Nacional de Bachillerato, resulto insuficiente la partida destinada por Decreto número 145 del año en curso para pago de profesorado externo en dicho establecimiento
Artículo 1
Los fondos sobrantes en el Capítulo 62 artículo 829 del Presupuesto Nacional vigente, distribúyense así:
"Para profesorado externo, a razón de $ 2.00 la hora de clase, hasta 145 horas, en los meses de abril, mayo y junio, inclusive, del año en curso: $290.00."
Artículo 829Del Presupuesto Nacional Vigente, Distribúyense Así: "para Profesorado Externo, A Razón De $ 2
Artículo único. Los fondos sobrantes en el Capítulo 62 artículo 829 del Presupuesto Nacional vigente, distribúyense así: "Para profesorado externo, a razón de $ 2.00 la hora de clase, hasta 145 horas, en los meses de abril, mayo y junio, inclusive, del año en curso: $290.00." Comuníquese y publiquese.