Micelio

decreto 4190 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 23 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva:

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capítulo 108

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capítulo 108. Del artículo 2143-A. Para gastos adicionales que demande la adquisición de la draga marina de succión "Ciudad de Barranquilla", tales como transportes, seguros, ensayos, honarios, sostenimiento y demás gastos $ 64.000.00 Capítulo 108. Al artículo 2139. Para atender a los gastos que demanden la administración y explotación del Puerto Terminal de Barranquilla 64.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público