Micelio

decreto 1835 de 1973

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Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.