en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo del artículo 59 de la Ley 79 de 1988
Artículo 1Plazo Para Adecuar Estatutos Y El Régimen De Trabajo Y Compensaciones
°. Plazo para adecuar estatutos y el régimen de trabajo y compensaciones . Amplíese hasta el 30 de septiembre de 2007, el plazo establecido para que las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado ajusten sus estatutos y el Régimen de Trabajo y Compensaciones a lo dispuesto en el Decreto 4588 de 2006, y presenten las solicitudes con el fin de obtener las respectivas autorizaciones del Ministerio de la Protección Social y la Superintendencia de la Economía Solidaria o demás superintendencias que vigilen y controlen la actividad especializada de estas.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.