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decreto 1487 de 2003

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de H

Considerando · 2 motivos

Que la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto de la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Que la Junta Directiva de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en sesión del 25 de abril de 2003, debatió la propuesta de supresión de cargos vacantes de la planta de personal y determinó presentarla al Gobierno Nacional para su aprobación;

Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal De La Empresa Colombiana De Vías Férreas, Ferrovías, Establecida Mediante Decreto 1917 De Noviembre De 1995, Los Siguientes Cargos Vacantes: Número De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Trabajadores Oficiales 4 (Cuatro) Profesional Especializado 3010 16 7 (Siete) Profesional Especializado 3010 15 12 (Doce) Profesional Universitario 3020 14 19 (Diecinueve) Profesional Universitario 3020 13 1 (Uno) Tecnólogo Asistente 4010 12 15 (Quince) Tecnólogo 4020 11 5 (Cinco) Tecnólogo 4020 10 4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5010 09 5 (Cinco) Auxiliar Administrativo 5020 08 7 (Siete) Secretario 5030 07 6 (Seis) Secretario 5030 06 1 (Uno) Secretario Recepcionista 5030 05 2 (Dos) Conductor Mecánico 5040 03 3 (Tres) Conductor Mecánico 5040 02 2 (Dos) Auxiliar De Servicios Generales 5050 01

º. Suprímense de la Planta de Personal de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, establecida mediante Decreto 1917 de noviembre de 1995, los siguientes cargos vacantes: Número de Cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado TRABAJADORES OFICIALES 4 (Cuatro) Profesional Especializado 3010 16 7 (Siete) Profesional Especializado 3010 15 12 (Doce) Profesional Universitario 3020 14 19 (Diecinueve) Profesional Universitario 3020 13 1 (Uno) Tecnólogo Asistente 4010 12 15 (Quince) Tecnólogo 4020 11 5 (Cinco) Tecnólogo 4020 10 4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5010 09 5 (Cinco) Auxiliar Administrativo 5020 08 7 (Siete) Secretario 5030 07 6 (Seis) Secretario 5030 06 1 (Uno) Secretario Recepcionista 5030 05 2 (Dos) Conductor Mecánico 5040 03 3 (Tres) Conductor Mecánico 5040 02 2 (Dos) Auxiliar de Servicios Generales 5050 01

Artículo 2º

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Decreto 1917 del 3 de noviembre de 1995 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Transporte
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública