Artículo 1
Hácese el siguiente traslado dentro del capítulo 70 del Presupuesto extraordinario de la vigencia en curso:
Comuníquese y publíquese,
Artículo 355A $30
Artículo único. Hácese el siguiente traslado dentro del capítulo 70 del Presupuesto extraordinario de la vigencia en curso: Del artículo 355 A $30.000 Al artículo 355 C. (nuevo). Para gastos en las obras del puerto terminal del ferrocarril de Cundinamarca 30.000 Sumas iguales $30.000 30.000 Comuníquese y publíquese,
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Obras Públicas
Alfonso Araujoencargado