en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de Decreto, y Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal
Considerando · 2 motivos
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de Decreto, y;
Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal;
Artículo 1
Artículo primero. Créase el cargo de Contador de la carretera Cali al Mar con una asignación mensual de trescientos pesos ($ 300).
Artículo 2
Artículo segundo. Créase el cargo de Ayudante del Contador de la Carretera Cali al Mar con una asignación mensual de doscientos ochenta pesos ($ 280).
El valor de los sueldos de los cargos que se crean en los artículos anteriores se pagarán con cargo a la partida de la obra.
Artículo 3
Artículo tercero. El Cajero Contador de la tarjetera Cali al Mar desempeñara en lo sucesivo únicamente las funciones de Cajero de dicha obra. Comuníquese y publíquese.