El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confiere el artículo 3º del Decreto 1211 de 1990
Artículo 1Créase En La Planta De Oficiales Y Suboficiales De Las Fuerzas Militares, El Siguiente Grado: Oficiales Escalafón Regular Fuerza Aérea General 1 Total 1
º. Créase en la Planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, el siguiente grado: Oficiales Escalafón regular Fuerza Aérea General 1 Total 1
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1529 Del 6 De Junio De 1997
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1529 del 6 de junio de 1997.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 3º del Decreto 1211 de 1990
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
Eduardo Fernández Delgadoencargado
El Ministro de Defensa Nacional