en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953
Artículo 1
Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
Ministerio de Obras Públicas.
CAPITULO 524
Departamento de Contabilidad, Control y Presupuesto.
CAPITULO 548
Departamento de Sanidad. Dirección.
Artículo 5266Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 8
Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas . CAPITULO 524 Departamento de Contabilidad, Control y Presupuesto. 003. Del artículo 5266. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores $ 8.780.00 Suman los contracréditos $ 8.780.00 CAPITULO 548 Departamento de Sanidad. Dirección. 001. Al artículo 5585. Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que re quiera el Departamento de Sanidad y sus dependencias, en la presente vigencia y anteriores $ 8.780.00 Suman los créditos $ 8.780.00
Artículo 2
Artículo segundo . El presente Decreto rige desde su fecha.